viernes, 1 de enero de 2016

RESIDENCIA PARA PROFESIONALES ALTAMENTE CUALIFICADOS.

LEY 14/2013, de 27 de Septiembre, de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización.

¿Quién puede solicitarlo?

Estudiantes con un Curriculum profesional y una carrera desarrollada en su país con una titulación de Superior, además de tener formación de Postgrados o Master´s en España o Europa.

Los estudiantes no tienen que cumplir los tres años de estancia por estudios en España, si una empresa quiere contratarlo como Personal Altamente Cualificado en un puesto Directivo dentro de la empresa puede acceder a la residencia por esta vía que no es la Ley de Extranjería.

























¿Qué documentos o requisitos son solicitados?

GENERALES:-

  • Documento de identidad ó pasaporte. El solicitante debe ser mayor de 18 años.
  • Documento de acreditación del seguro médico concertado con una entidad que opere en España.
  • Certificado de antecedentes penales (EN EL CASO DE LOS ESTUDIANTES CON SU PRIMERA RESIDENCIA EN ESPAÑA NO NECESITAN LOS PENALES).
  • Acreditación de medios económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante el período de estancia de residencia en España.

















REQUISITOS ESPECÍFICOS: 
  • Graduados y postgraduados de Universidades: Título de la Universidad o Escuela de Negocios de Reconocido Prestigio.
  • Documentación acreditativa de la empresa solicitante.(Escritura empresa, CIF, Alta Hacienda y Alta SS).
  • Original del contrato o de la relación profesional de ambas partes. Con 40 horas de trabajo, por un año, puesto de trabajo como Directivo de la empresa y con un salario superior a 2.500 euros mensuales.
  • Memoria del perfil del puesto de trabajo.
  • Copia del pasaporte completo todas las páginas.
  • Copia del NIE en Vigor.
  • Volante de empadronamiento familiar actualizado.
  • Curriculum Vitae
  • Copia de todos los títulos de formación profesional.
BENEFICIOS:-
  •  La autorización de residencia permite residir y trabajar y es válida en todo el territorio nacional.
  • Si el extranjero se encuentra fuera del territorio español podrá tramitar un visado de residencia, una vez obtenida la autorización.
  • Tramitación conjunta del cónyuge e hijos.
  • Agilización de la tramitación (20 días).
  • No se aplica la situación nacional de empleo.

1 comentario:

  1. Hola. ¿Si pido esta residencia me piden contrato de trabajo? - Abrazos!

    ResponderEliminar